domingo, 27 de marzo de 2011

SEMINARIO SOBRE PROGRAMAS DE TRATAMIENTO FAMILIAR, EN SEVILLA.

2. VISIÓN PRÁCTICA DE LA EDUCACIÓN SOCIAL Y DEBATE DE LOS CONTENIDOS.

Atendiendo a lo expuesto por M.P. Fuentes vemos que algunos de los objetivos de la Educación Social dentro de los Proyectos de Intervención Familiar pueden ser:
  • El seguimietno de las necesidades sanitarias o la promoción de la salud, (desde el área de la salud).
  • La coordinación del profesorado para el abordaje de las necesidades educativas especiales o la potenciación de la relación entre familia y escuela, (en el ámbito educativo).
  • El trabajo con los familiares de pautas educativas normalizadas y de medios sanos de resolución de conflictos, (dentro de la intervención con la familia).
  • La orientación formativo laboral y la coordinación con servicios com el SAE, (en el área laboral).
Con esto último, me gustaría dar importancia a la labor profesional que un educador social puede llegar a desarrollar dentro de uno de stos equipos y por tanto, a la figura de éste dentro de los equipos multidisciplinares, puesto que a menudo, no se contempla como deberia. No obstante, más que hacer apología de la Educación Social en sí, lo que pretendo es una mejor valoración de esta disciplina como un recurso positivo y útil para la intervención sobre múltiples problemáticas y con diversos colectivos.

Tras esto, me gustaría añadir algunas de las cuestiones más debatidas en el seminario, como cuál es el momento preciso en el que se debe proceder a la retirada del menor, estando ya segur
os de que la situación es de desamparo y que no puede hacerse nada por invertir esa situación. Es éste, un tema espinoso que a pesar de haber sido tratado en múltiples ocasiones, nunca queda aclarado. A este respecto, me gustaría aportar que el educador social debe hacer siempre lo posible por evitar la retirada de menores, empleando todo tipo de recursos, desde materiales hasta humanos, y centrándose sobre todo, en una perspectiva re-educativa. No obstante, una vez que el educador social denote siquiera una señal de desamparo, debería actuar sin remordimientos, en beneficio del menor, aunque ello no implique luego procurar la reagrupación familiar.

Además de esta idea, se trataron otras como las posibles tácticas a emplear para lograr la asistencia de la familia al Programa de Tratamiento Familiar, puesto que éste es voluntario. Entre ellas, la ponente sugería la de insistir a los tutores en los beneficios que la asistencia al programa reportaría a los menores, ya que eran "garantía para evitar su retirada".
Algunos compañeros, vieron en este recurso más que una invitación al programa una claúsula de imposición, al obligar prácticamente a las familias a aceptarlos. Sin embargo, entiendo que esto es a veces necesario para lograr la colaboración de personas que se encuentran en una situación ante la que no saben responder o que muestran un alto nivel de indecisión, por ejemplo. Unido a este último argumento, añadiré el hecho de que la asistencia a estos pr
ogramas más que voluntaria, debería ser obligatoria, ya que ello posibilitaría un mayor número de intervenciones de carácter preventivo y casi con seguridad, un menor número de retirada de menores por situación de desamparo.

Por otra último, vemos que también se habló de las posibles ventajas o desventajas que puede tener una política de "información abierta" en este tipo de programas, en referencia a la recomendación de la ponente de transmitir a la familia toda la información relacionada con su estado, evolución y posible futuro, como medio de que se involucre más en el proceso
de intervención. En mi opinión, ésta es una política bastante acertada para mí, ya que pienso que es en muchas ocasiones la desinformación lo que hace desconfiar a las personas de la labor que se desarrolla desde programas como éste o incluso los propios Servicios Sociales.


3. OPINIÓN PERSONAL.

A pesar de haber vertido ya gran parte de mi visión pe
rsonal sobre el tema en apartados como el anterior, me gustaría añadir que la ponencia me ha resultado bastante interesante, al considerar el trabajo con infancia y familia uno de los ejes centrales tanto de la Educación Social, como del Trabajo Social. Además, a esto se une mi interés personal por los temas que rodean a la infancia y que, como los programas de corte preventivo, pueden suponer una amplia mejora en su situación actual.

Por otra parte, en lo que respecta al Programa de Tratamiento Familiar en sí, me parece una iniciativa muy acertada por parte de las administraciones, que debería p
otenciarse aún más, aumentando si es posible la coordinación con otros servicios relacionados como los ETF, o con otros recursos provenientes no sólo del estado, sino de la sociedad civil. Como parte de la potenciación de dicho programa y enlazando con lo que comenté anteriormente, veo adecuado el establecer éste como un recurso obligatorio para aquellas familias con una situación de riesgo moderado, evitando así que puedan escapar a una intervención preventiva gran número de familias que lo necesitan.

En último lugar, me gustaría incidir como siempre, no sólo en la intervención o en la pura toma de medidas, sino en el seguimiento y la evaluación de posibles
mejoras de una situación, a fin de favorecer medidas de recompensa como la reunificación familiar, en este caso.






SEMINARIO SOBRE PROGRAMAS DE TRATAMIENTO FAMILIAR, EN SEVILLA.

1. EXPOSICIÓN.

En este día, fue María del Pilar Fuentes, la educadora social encargada de desarrollar la ponencia centrada de nuevo, en los Programas de Tratamiento Familiar. Sin embargo, ella nos aportaría un enfoque diferente sobre los mismos, al centrar la aplicación de éstos no en zonas urbanas con más de 20.000 habitantes, cifra límite que contempla la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, para la obligatoriedad por parte de un Ayuntamiento, de incorporar al municipio unos Servicios Sociales. De forma concreta, M.P. Fuentes, nos hablaría de su experiencia en el distrito sevillano de “Polígono Sur”, en el que trabaja dentro del Equipo de Tratamiento Familiar, (ETF), correspondiente.

Sin embargo, antes de adentrarse en el tema, la ponente nos habló como no, de los principales objetivos del citado programa, en el que debo destacar el logro de la protección total de los menores dentro de una familia, posibilitando su desarrollo integral, evitando para ello la disgregación familiar o promoviendo cuando sea preciso, la reunificación familiar. Bajo estos presupuestos, se sustentan dos de las principales acciones que se dan desde este programa: La primera de ellas, está dirigida a evitar que el menor se vea obligado a salir del núcleo familiar; La segunda, lograr la unificación del menor retirado con su familia biológica, en la medida en que los indicadores de riesgo que motivaron la separación se han reducido.

Una vez desarrollado el motivo base de este programa de corte preventivo más bien, la ponente nos presentó un marco legal mínimo, que en mi caso, ya traté en la entrada correspondiente al seminario anterior, al estar relacionado con la misma temática. Sin embargo, me gustaría añadir por su importancia algunas ordenanzas:

Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil. A través de esta ley, se atiende en España en mayor medida, no sólo los derechos de protección del menor, sino también los de su familia biológica, que tendrá un mayor papel en el proceso de retirada e intervención con éste, así como mayores posibilidades de lograr la reunificación familiar. Un ejemplo de esto, lo vemos en la “Disposición Final Sexta”.

Este último aspecto, generador de múltiples debates en el área de lo social por considerarse potencialmente perjudicial para el bienestar del menor, es sin embargo positivo para mí, al otorgar a los padres la posibilidad de mejora de su situación y el disfrute de sus hijos legítimos. No obstante, entiendo que tal privilegio tiene un límite y que sería preciso una mayor regulación y control al respecto, posibilitando cuando fuere necesario una agilización de los trámites para el acogimiento familiar y la adopción.

Ley 1/1998, de 20 de abril, de los Derechos y la Atención al Menor. Dicha ley, supone la adaptación específica del anterior texto legal citado, a la situación de la comunidad andaluza.

Orden de 13 de julio de 2000, por la que se regulan y convocan subvenciones para la realización del Programa de Intervención con familias desfavorecidas y en situación de riesgo social. De esta ley, además de desatacar que mediante ella se ponen en marcha los “Programas de Tratamiento Familiar” resaltaré finalidad y objetivos específicos. Entre estos últimos, encontramos el de mitigar los factores de riesgo, para evitar la separación del menor de su familia o lograr que ésta funcione de forma autónoma y adecuada, sus principales destinatarios. Así pues, vemos que entre ellos se encuentran las familias que con menores a su cargo se caractericen por ser/tener:

  • Desfavorecidas y en situación de riesgo social.
  • Monoparentales en situación de dificultad social.
  • Graves situaciones de violencia que afectan directa o indirectamente a los menores a su cargo.
  • Haberse detectado en ellas la existencia de menores en situación de dificultad y riesgo social, donde concurren indicadores de maltrato.

Ante estos casos, los profesionales habrán de valorar, en base a una intervención previa y el análisis de factores como la intensidad y duración del riesgo para el menor, si se requiere de una intervención y tratamiento específico para evitar la separación del menor de su familia. Como punto importante, debemos señalar también, que las derivaciones al equipo técnico que desarrolla este programa se realizarán siempre, desde los Servicios Sociales.

Orden de 25 de marzo de 2.003, por la que se extiende a las Diputaciones Provinciales la aplicación de lo dispuesto en la Orden de 10 de mayo de 2.002. Con esta orden, quedó culminado el proceso de implantación de los Programas de Tratamiento Familiar en la comunidad andaluza.


Tras exponer este breve marco legal, podemos afirmar que se ha producido una gran evolución en la política a seguir en cuanto a las formas de protección de menores y al protocolo de actuación a aplicar para ello, especialmente, en lo que respecta a la retirada de menores, algo que se da con una menor frecuencia. Esta disminución en el nivel de retiradas de menores, se debe como apuntamos anteriormente, a una mayor contemplación del derecho de la familia biológica, a mejorar y luchar por la custodia de los hijos.

Todo esto, ha repercutido en una mayor promoción y aplicación de los Programas de Tratamiento Familiar en los Ayuntamientos, como instrumento eficaz para solventar este tipo de problemáticas, algo que en mi opinión resulta muy positivo. Esta valoración se debe, tanto a mi apoyo hacia la visión preventiva que se defiende al implantarlos, como al acierto que creo que supone el que los equipos multidisciplinares que se encargan de ellos, sean los responsables del logro del bienestar de las familias, al considerarlos bajo mi punto de vista con una mayor preparación para ello.

Con respecto al protocolo de actuación que siguen estos equipos, la ponente advirtió que éste se encuentra recogida en un manual editado por la Junta de Andalucía, que os expondré a continuación a través del siguiente enlace: https://docs.google.com/viewer?a=v&pid=explorer&chrome=true&srcid=0B59jQoYprzmvZmE5MjY0OWEtYjNjMC00MzFlLTlkZjMtZjY2ZTcwMWFiMWJk&hl=en

Además de lo anterior, me gustaría resaltar que en el citado manual también se especifica los diferentes elementos con los que debe coordinarse el desarrollo de este tipo de programas, como por ejemplo, los Equipos de Tratamiento Familiar, (ETF). De este modo, vemos que las familias candidatas a recibir la intervención por parte de los Programas de Atención Familiar, son aquellas que presentan un riesgo social moderado para el menor, ya que de lo contrario, el caso estaría en conocimiento de los ETF bien de forma directa, o indirecta, si éste le es comunicado a través del Servicio de Protección de Menores, con el fin de que se encarguen del seguimiento y evaluación del mismo, por si sería posible la reunificación familiar.

Respecto a las ideas tratadas vemos que de nuevo, existen diferentes modelos de intervención en función de cómo consideremos la situación del menor, ya sea ésta de riesgo o desamparo, respecto a lo que sabemos por ponencias anteriores, existen bastantes contradicciones. Es por este motivo, que decidí comentarle a la ponente el que en realidad la adjudicación de una u otra situación al menor, resultaba ser un tanto subjetiva. Sin embargo, ella me respondió que no tenía por qué serlo, si seguíamos como ejemplo los manuales editados por la Consejería de Igualdad y Bienestar Social, para la detección por ejemplo de situaciones de maltrato infantil.

Después de esto, durante la ponencia se hizo alusión a algunos de los principales indicadores de riesgo que afectan a las familias, como la monomarentalidad, (al poder derivar éste en el desarrollo del “Síndrome de Superwoman” por su parte), y que en otras ocasiones ya hemos citado. No obstante, me gustaría hacer referencia a la importancia que tiene para el normal desarrollo de una familia, encontrarse en una zona con necesidad de transformación social.

Como último punto de los aspectos teóricos de la conferencia, haré referencia a la labor del educador social dentro de los Equipos Interdisciplinares Polivalentes existentes dentro de los Programas de Tratamiento Familiar, donde destacaría además de las que aportó la ponente, (desarrollo de una actitud empática, aplicación de habilidades sociales y comunicativas o reflexión autocrítica), la continua formación y entrenamiento en modelos, estrategias y recursos que como el genograma, pueden ser de utilidad para nuestro trabajo.


sábado, 26 de marzo de 2011

"Centenaria de las Mujeres en la Univesidad sin tener que pedir permiso".

Esta conferencia, celebrada el día nueve de marzo con motivo del "Día Internacional de la Mujer Trabajadora" y enmarcada dentro del curso "Discriminación de Género e Igualdad de Oportunidades", fue desarrollada por ponentes de peso como Antonia Corona, (profesora del Dpto. de Trabajo Social y Servicios Sociales de la Universidad Pablo de Olavide), y Consuelo Flecha, (Catedrática de Historia de la Educación de la Universidad de Sevilla).

De este modo, vemos que la conferencia se centró en analizar el proceso de integración de la mujer en la universidad, valorando especialmente el duro proceso seguido por las primeras mujeres que lo intentaron, hasta alcanzar este derecho socia del que actualmente disfrutamos.


Tras esta breve presentación de la temática y las características de la conferencia, por parte de Antonia Corona, fue Consuelo Flecha la que comenzó a profundizar en la temática, señalando en primer lugar cómo hace cien años, el 8 de marzo de 1910, se publicó en la “Gaceta de Madrid” una Real Orden del Ministerio de Instrucción Pública, que permitía por primera vez la matriculación libre de alumnas en los centros educativos.

Esta orden, suponía un agigantado paso para mujeres que, como María Elena Maseras, ya habían emprendido con anterioridad una dura lucha por su entrada en la universidad, contra la derogada Real Orden, del 11 de junio de 1888, que admitía la entrada de mujeres en la universidad sólo como estudiantes privados, tras haber obtenido el Consejo de Ministros para su inscripción. Como anécdota, vemos que otras de las barreras que estas mujeres tuvieron que superar fueron las de disfrazarse de hombres, como hizo Concepción Arenal para estudiar Derecho en la Complutense, tener que asistir a clase con un acompañante o colocarse en la mesa del profesor, los impedimentos para obtener la expedición del título oficial, así como para la colegiación y el ejercicio de la profesión.

Como hemos visto, fue la lucha de mujeres como la citada María Elena Maseras, primera universitaria española, Dolores Aleu y Concepción Arenal, personaje destacado dentro de las ciencias sociales por sus aportaciones al Trabajo Social, lo que ha permitido que en la actualidad el acceso a la educación para la mujer sea un derecho social, no sólo de iure, sino también de facto, ya que como sabemos en la actualidad, hay un mayor número de universitarias que universitarios.

No obstante, ante esto último la ponente nos hizo ver cómo la lucha de la mujer no debe desaparecer, sino canalizarse hacia la superación de otro tipo de discriminaciones, como las relacionadas con el mercado laboral. A este respecto, me gustaría relacionar la temática de la conferencia, con las dificultades que sufre la mujer para acceder al mercado y especialmente, para progresar en él.

Así, destaco cómo según los datos de la ponente son sólo 11 el número de rectoras de universidad que hay en España, con respecto a un total de 77 universidades, lo que evidencia claramente la existencia de un “techo de cristal”, así como de otros factores como la falta conciliación entre las tareas profesionales y domésticas, de las que la mujer también suele hacerse cargo. Tales problemáticas, suscitan en mí un gran interés, al aparecer como causas de los problemas de desadaptación social de la mujer de forma sistemática, una y otra vez.

Aunque soy consciente de que éstas son derivadas de un sistema de organización o estructura social, difícil de cambiar, creo que el cambio de mentalidad y de circunstancias no es posible sino necesario para que podamos seguir avanzando como sociedad, ya que sería imposible el logro de cualquier progreso, si el cincuenta por ciento de la población todavía no disfruta de derechos básicos como el libre acceso al mercado.

Ante esto, creo que lo ideal sería invertir además de en medidas de discriminación positiva, acotadas a lo largo del tiempo, (pues tampoco es cuestión de traspasar las desigualdades a los hombres), en la coeducación como medio preventivo de desigualdades. Es la coeducación, un campo de interés para mí, al poder permitir la mejora de las generaciones futuras desde la óptica de la Educación Social, que creo debería desarrollar un papel relevante en ella.

Con esta última opinión personal, que servirá también para cerrar el ciclo de entradas dedicadas a la mujer como objeto de intervención ante problemáticas de desadaptación, así como con los enlaces de los que me he servido para realizarla, concluyo mi entrada.

http://es.globedia.com/marzo-centenario-mujer-universidad-espanola

http://mujeresquehacenlahistoria.blogspot.com/2010/05/siglo-xix-maria-elena-maseras.html

http://www.upo.es/upsc/igualdad_integracion/oficinaparalaigualdad/actividades/index.jsp